Alquiler de furgonetas
con y sin conductor
Málaga y Cádiz
islatransalquiler@hotmail.com

Málaga 951 100 921 Cádiz 956 407 333
24 H 661 329 206

Condiciones Contratación

CONDICIONES GENERALES

UTILIZACIÓN DEL VEHÍCULO

El arrendatario acredita estar en posesión de licencia de conducción idónea y reconoce que recibe en alquiler el vehículo descrito en el anverso en perfectas condiciones mecánicas, provisto de la documentación necesaria y con las herramientas, neumáticos y accesorios adecuados, y se compromete a conservarlos y conducir el vehículo con el debido cuidado y cumpliendo las normas de circulación.
Los daños propios que pudiera tener el vehículo alquilado en el momento de su entrega al arrendatario se indicarán en el anexo Estado del vehículo. Este anexo se firmará aceptará por el arrendatario previamente a la disposición del vehículo.
En ningún caso podrá el vehículo ser conducido por persona que no aparezca como conductor en el contrato de alquiler.
La edad mínima necesaria para el alquiler un vehículo es de 23 años. Y la antigüedad del permiso de conducir deberá ser superior a dos años.
Desde el momento de la entrega del vehículo, el arrendatario o conductor autorizado, se hacen responsables del mismo, en los términos que establece la Ley.

El arrendatario se compromete:

  1. A no conducir el vehículo fuera del territorio nacional sin autorización expresa y escrita del arrendador.
  2. A no llevar pasajeros o mercancías, en número superior a las plazas autorizadas del vehículo, ni carga superior a la permitida para el mismo.
  3. A no transportar mercancías que por su naturaleza exijan unas condiciones especiales para las que el vehículo no esté adecuadamente provisto o autorizado.
  4. A no utilizarlo para fines ilícitos o no previstos por el constructor.
  5. A no conducir el vehículo por sitios no acondicionados para la conducción de automóviles de turismo o furgonetas, y a conducir de forma adecuada a su uso.
  6. A no remolcar vehículo alguno, ni introducir ninguna modificación en el vehículo alquilado.
  7. A no participar en pruebas deportivas.
  8. A cerrar el vehículo en cada parada, no dejando las llaves dentro del mismo y conservar los documentos.
  9. A comunicar inmediatamente al arrendador cualquier avería del vehículo.
  10. A no transportar personas o mercancías cuando ello implique explicita o implícitamente el subarriendo del vehículo.
  11. A no desprecintar o manipular el cuentakilómetros.

SEGURO

Las incluyen, sin coste adicional, seguro de responsabilidad civil y daños a terceros ilimitada. Estas coberturas se respetarán siempre que se cumplan los siguientes requisitos:
  1. Que el arrendatario, en caso de accidente, envíe al arrendador un parte de accidente, dentro de las 48 horas de producido el mismo
  2. Que la compañía aseguradora no rechace el siniestro como consecuencia de no conducir el vehículo en las condiciones físicas exigidas por la normativa sobre circulación.
  3. Que el vehículo fuera utilizado de acuerdo con las condiciones establecidas.
En caso de accidente o robo del vehículo alquilado, el arrendatario es responsable del valor del vehículo según mercado.

DEVOLUCIÓN DEL VEHÍCULO

El arrendatario devolverá el vehículo alquilado en el mismo estado en el que se le entregó, junto con sus documentos, neumáticos, herramientas y accesorios, en el lugar, fecha y hora estipulados en el anverso, facturándose las demoras con arreglo a la tarifa vigente. El incumplimiento de esta condición faculta al arrendador a requerir, judicialmente o no, la devolución del vehículo, así como a disponer del depósito constituido a este fin por el cliente hasta cubrir el importe de la demora.
En caso de robo del vehículo, el arrendatario está obligado a presentar la correspondiente denuncia del hecho ante la autoridad competente, entregando la misma en cualquier oficina del arrendador, junto con las llaves del vehículo, quedando sin efecto, en caso contrario, los seguros y coberturas contratados.
En ningún caso podrá liberarse el arrendatario de pagar la totalidad del alquiler establecido o sus prorrogas por causas de inmovilización y remolque del vehículo por avería o accidente. En caso de accidente y el contrario fuera insolvente la responsabilidad caerá sobre el arrendatario.

TARIFAS

Los gastos de carburante son por cuenta del arrendatario.
El período de alquiler se entiende de hora en hora y por un período de veinticuatro horas.
Las horas que sobrepasen el período fijado serán facturadas como suplemento, según tarifa, hasta la hora de entrega en los locales del arrendador.
El arrendatario debe entregar por adelantado una provisión de que corresponda al importe aproximado del alquiler contratado más la garantía prevista en la tarifa en vigor.

DEPÓSITO DE GARANTÍA

El reembolso de la garantía se efectuará después de la devolución en los locales del arrendador y a petición del arrendatario según acuerdo expreso, el importe de la garantía se atribuye al arrendador hasta el total de las cantidades debidas por cualquier concepto por el arrendatario, si el importe a pagar por el arrendatario es superior al depósito efectuado deberá abonarlo a la finalización del alquiler.

PRÓRROGA DEL ALQUILER

En caso de que el arrendatario opte por prorrogar el alquiler del vehículo deberá comunicarlo al arrendador con 48 horas de antelación, debiendo abonar la suma correspondiente a los días de la prórroga.

PAGOS

El arrendatario se compromete expresamente a pagar a Islatrans Chiclana S.L.
  1. Los cargos por el alquiler del vehículo, entrega y/o recogida del mismo fuera de los locales de la empresa, depósito previo, suplementos de seguros, combustible e impuestos determinados en la tarifa vigente del arrendador. La aplicación de la tarifa convenida queda supeditada a que la devolución del vehículo se realice en el lugar y fecha previstos.
  2. Los cargos ocasionados por la pérdida de llaves o documentación del vehículo, sus neumáticos, herramientas y accesorios.
  3. Los multas, los gastos judiciales y extrajudiciales motivados por infracciones de tráfico o vulneración de leyes, reglamentos u ordenanzas, por parte del arrendatario, quien debe comunicar tales incidencias al arrendador.
  4. Los días de paralización del vehículo debidos a extravíos de llaves o de documentación, averías, siniestros o retención del vehículo, siempre que tales circunstancias sean debidas a negligencias del arrendatario, facturándose según tarifa vigente.
Para reintegrarse de tales gastos, el arrendador queda autorizado por el arrendatario a disponer del depósito previo que, en su caso, aquel haya exigido a este para cubrir las posibles demoras y el resto de sus responsabilidades.
Si el alquiler debe cargarse en una tarjeta de crédito o de cargo, su firma en el acepta correspondiente a tal efecto del contrato de alquiler en la página frontal de este documento, autoriza al arrendado para que cargue el importe final contra su cuenta con la entidad emisora de la tarjeta, y se considera como hecha en la nota de cargo de dicha entidad.

ACCIDENTES

En caso de accidente el arrendatario se compromete a:
  1. obtener datos completos de la parte contraria y posibles testigos, cumplimentando un parte de accidente, que remitirán al arrendador dentro del plazo de 48 horas de producido el mismo.
  2. No reconocer o prejuzgar la responsabilidad del hecho.
  3. Notificar inmediatamente a la autoridad si la culpabilidad de la otra parte debe ser investigada o si hay personas heridas.
  4. No abandonar el vehículo alquilado sin tomar medidas adecuadas para protegerlo.

REPARACIONES

El arrendador sólo se hará cargo de las averías que no sean consecuencia de un mal uso y/o mantenimiento del vehículo, cuyo importe será satisfecho por el arrendatario, los demás gastos propios del rodaje y las pequeñas reparaciones, entendiéndose por tales las que no superen los 3 euros. En todo caso el arrendatario se compromete a aportar al arrendador factura detallada de la reparación, así como a obtener la previa autorización del arrendador para efectuar reparaciones de cuantía superior a 3 euros.

RESPONSABILIDAD DEL ARRENDADOR

El arrendador debe haber tomado las debidas precauciones para evitar fallos mecánicos del vehículo arrendado, pero, en caso de producirse estos, no asume ninguna responsabilidad por los perjuicios que directa o indirectamente pudieran causarse al arrendatario como consecuencia de dichas averías.

JURISDICCIÓN

Cualquier divergencia que surgiera entre arrendador y arrendatario con ocasión del presente contrato, será sometida a los Juzgados de Cádiz, con renuncia expresa de cualquier otro fuero que pudiera corresponder a las partes contratantes.


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